Participación y función de control en la planificación y presupuesto Municipal.
Autor: Abg. Virginia Ribeiro
La era de la participación ciudadana
La participación ciudadana ha sido preocupación universal a través de la historia, sucesivamente se han ido formando tratados, acuerdos y convenios, en todos los países del mundo estableciendo la participación ciudadana como un derecho humano fundamental.
En Venezuela, con la entrada en vigencia de
La participación ciudadana no solo debe entenderse desde el punto de vista político, también debe ser considerada en el ámbito social y en lo económico, de esta manera, la participación ciudadana en la gestión pública no solo se encierra en el derecho de elegir nuestros gobernantes, como los que dirigen nuestra sociedad, sino también en el proceso de formación, ejecución y control de la gestión pública y en el derecho de los ciudadanos a que sus representantes rindan cuentas de su gestión.
La participación ciudadana no solo se consagra como un derecho, también se impone como una obligación que tiene todo ciudadano; Así el proyecto de Ley de Participación Ciudadana expresa como uno de los principios de la participación ciudadana que: “La participación es un derecho ciudadano y una obligación del Estado, por lo tanto, los ciudadanos tienen el deber de participar y las autoridades el deber de promoverla y facilitar su ejercicio.”
De esta forma, comienza un cambio en la relación del Estado con la sociedad, es decir, en lugar de unas relaciones dependiente de las decisiones del estado, la sociedad pasa a ocupar un rol protagónico y directo en la determinación de las decisiones en asuntos públicos del Municipio, el cual es la unidad política primaria de la organización nacional, por ser naturalmente el ente que constantemente esta en contacto directo con los ciudadanos de una comunidad, por lo que es en el municipio que la participación ciudadana desarrolla el rol fundamental, para lograr mejorar las deficiencias que se presentan en los gobiernos representativos debido a la falta de comunicación entre el estado y la sociedad en cuanto a necesidades primordiales y comunes entre los habitantes de determinados espacios geográficos.
Las formas de organización comunitaria son primordiales dentro de un municipio para lograr la integración de la comunidad y la representación de la participación popular dentro de las actuaciones del municipio, a fin que promuevan de manera transparente sus puntos de vista en el proceso de decisión pública, para orientar dicha decisión en el sentido deseado por ellas, y así permitir que las verdaderas preferencias de la ciudadanía sean expresadas.
El control en el presupuesto y la planificación municipal
Control social.
Además de tener funciones de integración, coordinación, promoción de los planes y proyectos para el desarrollo municipal, los concejos locales de planificación tienen la función de controlar, vigilar y evaluar la ejecución del plan municipal de desarrollo, tal como lo dispone la ley que rige sobre la materia, así como instar a las comunidades organizadas a ejercer el control social sobre los planes y proyectos municipales, a tales fines, la norma establece que las comunidades organizadas podrán vigilar controlar y evaluar la ejecución del presupuesto de inversión municipal.
De esta manera, surge una figura social y participativa que es
Las contralorías sociales son conformadas por un grupo de cinco (5) ciudadanos que asumen la responsabilidad de vigilar, supervisar y controlar las actuaciones que, en el ejercicio de sus funciones, realicen los encargados de
Seguidamente, con la creación de la ley orgánica del poder publico municipal, la función de control social se amplía, comenzando en primer lugar por la facultad que otorga a cada ciudadano individualmente a participar en el control y vigilancia de la gestión pública, segundo por que eleva la función de control no solo a la supervisión de los planes comunales, también prevé el control de la ejecución de programas, planes y proyectos municipales, prestación de servicios públicos municipales, con el fin de prevenir, racionalizar y promover correctivos, para garantizar de mejor manera la transparencia en los procedimientos administrativos, a tales fines podrán solicitar tanto a sus gobernantes como a las mismas organizaciones comunales rendición de cuentas de las gestiones que realicen.
A los fines de que todo ciudadano pueda ejercer un control o supervisión de la gestión de las políticas públicas, debe estar informado de los planes de desarrollo comunal y municipal que se han discutido y aprobado, así como del presupuesto participativo aprobado para ejecutar los planes municipales, la mejor manera de estar informado de estos sucesos es participar en ellos, no obstante, es deber de la administración municipal a través del concejo municipal promover la asistencia de los ciudadanos a las asambleas participativas, promover la participación de los ciudadanos en la formulación de proyectos, y en la formulación del presupuesto de inversión de los recursos públicos. Además de esto, el ejecutivo municipal debe encontrar la manera de informar a todos los ciudadanos, hayan participado o no en la formulación de planes y presupuestos de inversión, sobre las obras sociales, de infraestructura y de servicio mediante los diferentes medios de comunicación local.
De igual manera, es deber de los voceros de los concejos comunales, comunicar al resto de los habitantes de la comunidad sobre las decisiones tomadas en relación a los proyectos presentados, la planificación de desarrollo local y la ejecución del presupuesto participativo, de manera que cada ciudadano pueda tener el conocimiento necesario para ejercer la supervisión de obras y servicios durante sus actividades diarias dentro del municipio.
El deber de la administración municipal no es solo de informar a los ciudadanos para que estos conozcan que deben controlar, también es deber de la administración municipal buscar la manera de formar a los ciudadanos para que realmente sepan como controlar la planificación Municipal.
¿Como controla el ciudadano común?
Los medios de participación están establecidos en las legislaciones correspondientes, pero en materia de control, los medios de control están someramente enunciados en algunos artículos de
· Participar en la elaboración de proyectos de desarrollo comunal para que sean discutidos con otros proyectos de las demás comunidades.
· Participar en la elaboración del presupuesto participativo
· Solicitar tanto al ejecutivo municipal, concejo municipal, concejos comunales, la rendición de cuenta de la gestión que realice.
· Luego de aprobado el plan de desarrollo y el presupuesto participativo, informar los concejos comunales deben mantener informado a los demás ciudadanos sobre el plan de desarrollo
· Supervisar cada obra que realice el municipio
· Consultar con la comunidad las observaciones que cada quien tenga respecto de lo que perciben diariamente en relación a la mejoría de las necesidades en común.
· Presentar denuncias ante la contraloría social, ante la contraloría municipal, o ante el organismo competente.
· Solicitar información en las distintas dependencias del municipio sobre la inversión de los recursos aprobados.
Control Institucional.
A nivel institucional, la función de control dentro del Municipio corresponde a las Contralorías Municipales, sin embargo en el año 2002
Abg. Virginia Ribeiro.
BIBLIOGRAFIA
Ley Orgánica de Régimen Municipal, gaceta oficial extraordinaria Nº 4.109 de fecha 15 de junio de 1989. (Derogada por
Ley Orgánica del Poder Público Municipal, Gaceta Oficial Nº 38.421, de fecha 21 de abril de 2006.
Ley Orgánica de
Constitución de
Ley de los Concejos Locales de Planificación Pública, gaceta Oficial Nº 37.463 de fecha 12 de junio de 2002.
Ley de los Concejos Comunales, gaceta oficial extraordinaria Nº 5.806 de fecha 10 de abril de 2006.
1 comentario:
Excelente!
Publicar un comentario